
VIOLENCIA ÁCIDA EN EDOMÉX: CONGRESO AVALA PENAS DE HASTA 36 AÑOS DE PRISIÓN

La reforma reconoce la gravedad de los ataques con sustancias corrosivas y fortalece el castigo contra los agresores. También contempla cirugías reconstructivas, rehabilitación y atención médica y psicológica integral para las víctimas.
Azotea Media / Redacción
Toluca, Estado de México.
Las agresiones con ácido y otras sustancias químicas pueden destruir tejidos, dejar cicatrices permanentes, provocar discapacidad y poner en riesgo la vida de las víctimas. Frente a esta forma extrema de violencia, el Congreso del Estado de México aprobó reformas legales que permitirían imponer hasta 36 años de prisión a quienes cometan violencia ácida o química contra mujeres, bajo los supuestos de agravantes establecidos en el dictamen.
La decisión representa un avance necesario para combatir una agresión cuyas consecuencias van mucho más allá de las lesiones físicas: las sobrevivientes pueden enfrentar múltiples cirugías, tratamientos prolongados, afectaciones psicológicas, discriminación y la interrupción de sus proyectos de vida.
La reforma modifica el Código Penal estatal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de reconocer expresamente esta conducta, endurecer las sanciones y establecer obligaciones institucionales para atender a las víctimas.
PENAS MÁS SEVERAS SEGÚN LA GRAVEDAD DEL ATAQUE
El dictamen establece sanciones de hasta 15 años de prisión y de 200 a 500 días multa para quien cause dolosamente lesiones a una mujer, niña o adolescente mediante ácidos, sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas o inflamables, compuestos químicos y otros agentes contemplados en la reforma.
Cuando la agresión provoque desfiguración permanente en el rostro, cabeza, cuello, mamas o genitales, o la pérdida o disminución definitiva de la función de un órgano o sentido, la pena podrá alcanzar hasta 20 años de prisión.
Las sanciones aumentarán cuando concurran circunstancias agravantes, como que el ataque sea cometido por una persona servidora pública en ejercicio de sus funciones o que exista una relación de parentesco, sentimental, afectiva, laboral, docente, de subordinación, confianza o responsabilidad y cuidado entre el agresor y la víctima.
De acuerdo con el dictamen, estas agravantes pueden elevar las penas correspondientes hasta 22.5 años o 30 años de prisión, según el supuesto. Al sumarse las sanciones previstas en la legislación vigente para el delito de lesiones, la pena máxima podría llegar a 36 años de cárcel cuando se actualicen las condiciones legales aplicables.
La importancia de estas disposiciones radica en que las agresiones no queden reducidas a una sanción menor, pese a la gravedad de sus consecuencias, y en que se reconozca el riesgo adicional que representan los ataques cometidos desde posiciones de poder, confianza o cercanía con la víctima.
CASTIGAR AL AGRESOR Y GARANTIZAR LA RECUPERACIÓN DE LA VÍCTIMA
Uno de los aspectos centrales de la reforma es que la reparación integral del daño no se limite a una compensación económica. También contempla cirugías reconstructivas, rehabilitación física y psicológica, prótesis, tratamientos médicos especializados y de largo plazo, así como compensaciones por la pérdida de ingresos y otras medidas necesarias para la recuperación.
Este punto resulta fundamental: sobrevivir a un ataque químico no significa que sus consecuencias hayan terminado. La recuperación puede requerir años de atención médica y representar costos que una víctima y su familia difícilmente podrían cubrir por cuenta propia.
Por ello, las modificaciones también establecen que las autoridades estatales y municipales deberán garantizar atención especializada, cirugías reconstructivas y funcionales, rehabilitación y suministros médicos de manera gratuita, oportuna y continua.
Además, las autoridades competentes deberán facilitar el traslado inmediato de las víctimas a unidades médicas de alta especialidad y asegurar el acceso integral a los servicios de salud.
HOSPITALES TAMBIÉN TENDRÁN OBLIGACIONES
La reforma incorpora responsabilidades específicas para el personal de salud que atienda lesiones provocadas por sustancias químicas o corrosivas.
Entre ellas se encuentran brindar atención médica inmediata y prioritaria, preservar la evidencia clínica y biológica pertinente y notificar al Ministerio Público para facilitar la investigación de los hechos.
La omisión de esta notificación podrá generar sanciones conforme al Código Penal estatal, además de las responsabilidades administrativas que correspondan.
Asimismo, el dictamen establece que los casos comprendidos en las agravantes señaladas serán perseguidos de oficio, lo que busca evitar que la investigación dependa exclusivamente de que la víctima impulse el procedimiento penal.
UNA REFORMA QUE NACE DE LA EXIGENCIA DE LAS SOBREVIVIENTES
Las iniciativas fueron impulsadas por las legisladoras Zaira Cedillo Silva y Nelly Brígida Rivera Sánchez, de Morena; por la bancada del PRD, coordinada por Omar Ortega Álvarez, y por la Fundación Carmen Sánchez, organización vinculada con la defensa de sobrevivientes de violencia ácida.
Durante la presentación del dictamen, Nelly Brígida Rivera reconoció la resistencia de las sobrevivientes, activistas y defensoras que han convertido su experiencia y exigencia de justicia en una demanda de cambios legales.
Por su parte, Zaira Cedillo destacó la necesidad de garantizar la reparación integral para que las víctimas puedan recuperar su proyecto de vida. La diputada Paola Jiménez Hernández también se pronunció a favor de contar con leyes más severas contra las personas agresoras.
En contraste, la legisladora Araceli Casasola Salazar cuestionó que el dictamen incorporara parcialmente las propuestas de la Fundación Carmen Sánchez y anunció que su bancada presentará otra iniciativa para complementar las modificaciones.
EL RETO: QUE LAS PENAS SE APLIQUEN Y NO QUEDEN EN EL PAPEL
El endurecimiento de las sanciones era necesario frente a una violencia que puede marcar de por vida a quienes la padecen. Sin embargo, la gravedad de estos ataques exige algo más que elevar los años de prisión: investigaciones eficaces, identificación y captura de los responsables, atención médica oportuna y reparación efectiva del daño.
La reforma también obliga a mirar el papel de las instituciones. Una víctima no debería enfrentar obstáculos para recibir atención especializada, denunciar a su agresor o acceder a los recursos indispensables para su recuperación.
Desde una perspectiva de justicia, el mensaje es claro: atacar a una mujer con sustancias corrosivas no puede tratarse como una agresión menor. La respuesta del Estado debe ser proporcional al daño causado, proteger a las sobrevivientes y garantizar que los responsables enfrenten las consecuencias legales correspondientes.
El desafío para las autoridades mexiquenses será convertir estas modificaciones en resultados concretos: menos impunidad, atención digna y especializada, reparación integral y garantías de no repetición.
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