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IMSS LIMITA LA MODALIDAD 40: NUEVAS REGLAS RESTRINGEN EL SALARIO DE COTIZACIÓN Y ELIMINAN ALTAS RETROACTIVAS

 

Las medidas entraron en vigor el 22 de octubre; quienes ya están inscritos conservarán sus condiciones hasta concluir el periodo contratado. El Instituto revisará el impacto financiero del esquema.

 

Por Azotea Media | Información de interés público

 

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) estableció nuevas medidas temporales para la Modalidad 40, mecanismo que permite a determinados trabajadores continuar cotizando voluntariamente después de causar baja del régimen obligatorio, con el propósito de mantener sus derechos pensionarios.

 

Las disposiciones fueron aprobadas por el Consejo Técnico del Instituto mediante el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de octubre de 2026 y vigente a partir del día siguiente.

 

El ajuste introduce límites al salario de cotización para nuevas incorporaciones, elimina las altas con efectos retroactivos, establece que los trámites deberán realizarse mediante mecanismos digitales y ordena analizar el impacto financiero de esta modalidad. El objetivo es identificar áreas de oportunidad y mantener el esquema viable en el mediano y largo plazo.

 

NO DESAPARECE LA MODALIDAD 40, PERO CAMBIAN LAS CONDICIONES DE INGRESO

 

Uno de los cambios más relevantes consiste en limitar el salario con el que podrán incorporarse quienes soliciten ingresar a la Modalidad 40 o volver a contratarla una vez concluido su periodo vigente.

 

De acuerdo con el documento oficial, la cotización se determinará con base en el último salario base de cotización registrado al momento de causar baja del régimen obligatorio, o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA). En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo general vigente para el resto del país.

 

Esta disposición modifica una de las principales posibilidades que aprovechaban los trabajadores que buscaban mejorar su pensión: continuar cotizando con un salario superior al que tenían registrado al dejar su empleo formal.

 

La medida puede afectar especialmente a quienes planeaban incorporarse con un salario elevado para mejorar el cálculo de su futura pensión, aunque el impacto dependerá de cada historial laboral, las semanas cotizadas y el régimen pensionario aplicable.

 

SE TERMINAN LAS NUEVAS ALTAS RETROACTIVAS

 

El acuerdo también establece que las nuevas incorporaciones tendrán efectos exclusivamente a partir de la fecha en que se presente la solicitud ante el IMSS.

 

Con ello, se elimina la posibilidad de tramitar nuevas altas con una fecha anterior para cubrir periodos previos mediante este mecanismo.

 

La disposición no significa que desaparezcan las semanas previamente cotizadas y pagadas. El propio acuerdo reconoce que las semanas y los salarios efectivamente cubiertos conservarán sus efectos para el cálculo de los futuros derechos pensionarios.

 

¿QUÉ PASARÁ CON QUIENES YA PAGAN LA MODALIDAD 40?

 

El Instituto estableció un tratamiento temporal para proteger a las personas que ya se encontraban inscritas cuando entraron en vigor las nuevas disposiciones.

 

Quienes tenían contratada la Modalidad 40 al 22 de octubre de 2026 conservarán las condiciones actuales hasta que concluya el periodo contratado.

 

Sin embargo, cuando ese periodo termine, si desean incorporarse nuevamente, deberán sujetarse a las nuevas condiciones.

 

Por ello, no debe interpretarse que el acuerdo reduce automáticamente todas las pensiones existentes ni que cancela de inmediato las condiciones de quienes ya están pagando. El alcance depende de la situación de cada asegurado y de las disposiciones que se emitan posteriormente.

 

TRÁMITES DIGITALES Y MAYOR CONTROL DE LOS REGISTROS

 

Otra modificación consiste en instruir a las áreas de Incorporación y Recaudación, así como de Innovación y Desarrollo Tecnológico, a ajustar los procesos y sistemas institucionales para que las nuevas inscripciones se realicen exclusivamente mediante mecanismos digitales.

 

El objetivo es garantizar la trazabilidad y consistencia de los registros afiliatorios, además de establecer un canal de atención para revisar casos especiales relacionados con la aplicación de las nuevas reglas.

 

El acuerdo también precisa que las personas incorporadas, o que se incorporen, al aseguramiento como personas trabajadoras independientes previsto en el artículo 13, fracción I, de la Ley del Seguro Social no podrán contratar simultáneamente la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.

 

La diferencia es relevante porque el esquema para trabajadores independientes permite mantener un aseguramiento con prestaciones vinculadas al Seguro de Enfermedades y Maternidad, mientras que la Modalidad 40 tiene una finalidad distinta.

 

EL IMSS REVISARÁ EL IMPACTO FINANCIERO

 

Las disposiciones no constituyen una reforma definitiva de todos los aspectos de la Modalidad 40. El acuerdo ordena a la Dirección de Finanzas del Instituto realizar, en un plazo máximo de seis meses a partir de su emisión, un análisis sobre los efectos de este esquema en las finanzas institucionales.

 

Posteriormente, la Dirección Jurídica contará con hasta seis meses desde la recepción de los resultados para coordinar una propuesta de modificación normativa, que deberá someterse a consideración del Consejo Técnico.

 

Esto significa que las medidas actuales son temporales y que podrían plantearse ajustes adicionales, dependiendo de los resultados del análisis y de las decisiones que adopte el órgano de gobierno del Instituto.

 

¿POR QUÉ ES IMPORTANTE PARA LOS FUTUROS PENSIONADOS?

 

La Modalidad 40 ha sido una alternativa relevante para quienes cotizan bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, debido a que el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas es uno de los factores que intervienen en el cálculo de la pensión, junto con las semanas acumuladas, la edad y otros elementos.

 

Por esa razón, restringir el salario de referencia puede modificar los planes de quienes esperaban elevar su cotización durante los últimos años antes de retirarse.

 

No obstante, no existe una reducción uniforme aplicable a todos los trabajadores. El resultado depende de su historial de cotización, el costo de las cuotas, el tiempo que planeaban continuar asegurados y las reglas correspondientes a su régimen pensionario.

 

Antes de tomar decisiones, los interesados deben revisar su constancia de semanas cotizadas, su último salario registrado y la vigencia de su inscripción. También es recomendable solicitar orientación directamente al IMSS y evitar cancelar pagos o comprometer recursos con base únicamente en información difundida en redes sociales.

 

EL RETO: COMBATIR IRREGULARIDADES SIN PERJUDICAR DERECHOS ADQUIRIDOS

 

El endurecimiento de las condiciones abre una discusión que va más allá de los procedimientos administrativos: cómo evitar simulaciones y proteger la viabilidad financiera del sistema sin perjudicar injustificadamente a quienes han cotizado durante años y buscan una pensión digna.

 

Una estrategia legal para mejorar una pensión no constituye, por sí misma, un fraude. Cualquier irregularidad debe acreditarse de manera individual y con evidencia.

 

Por ello, será fundamental conocer los resultados del análisis financiero, los criterios con los que se revisarán los casos especiales y las eventuales propuestas de modificación normativa.

 

Para los trabajadores, la prioridad será contar con reglas claras, información accesible y certeza sobre sus derechos. Para el Instituto, el desafío consistirá en garantizar que las medidas de control cumplan su propósito sin generar incertidumbre innecesaria entre quienes dependen de su pensión para vivir.

 

[FUENTE PRINCIPAL]: Diario Oficial de la Federación, acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, publicado el 21 de octubre de 2026.

Consulta el documento oficial: https://sidof.segob.gob.mx/notas/5801708

 

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